La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adoelscentes 

Por Brenda Saraí Leyva Martínez, Coordinadora del área socioeducativa NIMA, A.C.

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) fue promulgada el 4 de diciembre de 2014. Esta normativa significó un progreso hacia la promoción, respeto, garantía y protección de niñas, niños y adolescentes en México, un avance trascendental para su reconocimiento como sujetos de derechos, ciudadanas y ciudadanos plenos.

Durante años, los programas públicos y normativas abordaron las necesidades de niñas, niños y adolescentes desde una visión adultocéntrica, reduciéndoles a receptores pasivos, objetos del cuidado y protección adulta que carecían del reconocimiento de sus derechos humanos. La LGDNNA surgió como una respuesta a los compromisos que México adquirió al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) en 1990, así como a una exigencia de la sociedad civil; marcó un cambio al reconocer su voz, sus derechos y capacidad de participar activamente en las decisiones que afectan sus vidas a nivel privado y público.

Entre los principales logros de la LGDNNA se encuentran:

  • Reconocimiento de derechos específicos. De forma enunciativa, la LGDNNA (2024) reconoce veinte derechos de niñas, niños y adolescentes, que así mismo debe garantizar:
  1. Derecho a la vida, a la paz, a la supervivencia y al desarrollo
  2. Derecho de prioridad
  3. Derecho a la identidad
  4. Derecho a vivir en familia
  5. Derecho a la igualdad sustantiva
  6. Derecho a no ser discriminado
  7. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral
  8. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal
  9. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social
  10. Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad
  11. Derecho a la educación
  12. Derecho al descanso y al esparcimiento
  13. Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura
  14. Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información
  15. Derecho de participación
  16. Derecho de asociación y reunión
  17. Derecho a la intimidad
  18. Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso
  19. Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes
  20. Derecho de acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación
  • Abrió el camino para la creación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), cuya función es generar políticas públicas que protejan de manera integral a NNA y coordinar esfuerzos entre los distintos órdenes de gobierno y dependencias con el fin de implementar programas y acciones en beneficio de niñeces y adolescencias.
  • Obligatoriedad de que todas las políticas y programas destinados a la niñez y adolescencia se diseñen desde una perspectiva de derechos humanos. El interés superior de la niñez, el derecho a la vida, supervivencia y desarrollo, la participación y la no discriminación, son ejes indispensables que deben ser tomados en cuenta en todo momento.
  • Adopción de medidas de protección especial y medidas urgentes de protección especial cuando niñas, niños y adolescentes se encuentren en situación de riesgo o sean víctimas de algún delito.
  • Todas las entidades federativas, así como sus municipios y demarcaciones territoriales, deben concurrir en el cumplimiento del objeto de la LGDNNA, de acuerdo con su artículo tercero. Cada entidad debe tomar medidas estructurales, legislativas, administrativas y presupuestales que garanticen el ejercicio, respeto, promoción y protección de los derechos de NNA.

De acuerdo con el índice de Calidad de las leyes de la Red por los Derechos de la Infancia en México [REDIM] (2021),  en 2021, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (LDNNAEG) obtuvo una de las calificaciones más bajas a nivel nacional. Este resultado derivó de un análisis de diferentes indicadores: ser sujetos de derechos, definición de NNA, principios rectores, cobertura de derechos, entre otros. La LDNNAEG contaba con un capítulo sobre los Deberes de Niñas, Niños y Adolescentes, que supeditaba los derechos de la niñez a sus madres, padres y personas cuidadoras, situación violatoria a sus derechos humanos. La derogación de este capítulo en mayo de 2023 representa un avance importante para el Estado de Guanajuato, alineándose así con la LGDNNA y los principios rectores.

A diez años de su implementación, la LGDNNA ha tenido un impacto significativo en la vida de las niñas, niños y adolescentes. Sin embargo, México sigue siendo un país donde se les vulnera y violenta de múltiples formas. Hay millones de niñas, niños y adolescentes que viven en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad por distintas carencias sociales; miles son discriminados y excluidos por su condición física y/o discapacidad, origen étnico y situación de movilidad; muchos otros viven violencia física, violencia sexual y son reclutados por el crimen organizado; todas estas situaciones limitan su desarrollo integral y el pleno ejercicio de sus derechos humanos. Por lo que es necesario evaluar nuevamente las leyes en materia de derechos de NNA.  

La realidad es compleja y el panorama para este año 2025 lo es aún más. Aunque existen marcos legales, políticas públicas y alianzas interinstitucionales que buscan la protección y promoción de los derechos de las niñeces y adolescencias, es necesario fortalecerlos con presupuesto público, evidenciar las acciones y omisiones del Estado y exigir el cumplimiento de sus responsabilidades para con las niñas, niños y adolescentes. Se deben evaluar los programas de SIPINNA nacional, estatales y municipales para su adecuada operación, y se debe contar con políticas públicas que, además de ser diseñadas con perspectiva de género, de niñez y adolescencia, consideren la diversidad de esta población. Asimismo, continúa la tarea de transformar las relaciones adultocéntricas que reproducen las desigualdades contra niñeces y adolescencias. La promoción, respeto, garantía y protección de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes debe ir más allá de los discursos y materializarse en acciones concretas por parte del Estado y la sociedad en general.   

Referencias:

Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), (2024). Reformada, Diario Oficial de la Federación (DOF) 27 de mayo de 2024
(México).

Red por los Derechos de la Infancia en México, (2021, 26 de noviembre). La calidad de las leyes de la infancia en México. https://blog.derechosinfancia.org.mx/2021/11/26/la-calidad-de-las-leyes-de-la-infancia-en-mexico/

Bibliografía:

Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato (LDNNAEG) (2023), Reformada, Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato (PO) 07 de junio de 2024 (México).